viernes, 30 de mayo de 2008

ORGANIGRAMA DEL MINISTERIO PÚBLICO MILITAR




BASES LEGALES


  • CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
    (Art. 284, 285 y 286 “Dirección, Atribuciones y Organización”)
  • LEY ORGÁNICA DE LA FAN
    (Art. 76 y 77 “Sistema de Justicia Militar y Autonomía”)
  • LEY ORGÁNICA DEL MINISTERIO PÚBLICO
    (Art. 11 y 34 “Deberes y Atribuciones del Ministerio Público, Deberes y Atribuciones de los Fiscales”)
  • CÓDIGO ORGÁNICO DE JUSTICIA MILITAR
    (Art. 70 al 80 “Del Fiscal, Designación y Atribuciones”)
  • CÓDIGO ORGÁNICO PROCESAL PENAL
    (Art. 108 y 109 “Atribuciones y la Sustitución de los Fiscales”)

VISIÓN





Ser la Institución modelo dentro de la Fuerza Armada Nacional para el cumplimiento efectivo de sus atribuciones en la promoción de la justicia y la exaltación de las virtudes militares, caracterizándose por su credibilidad, apego a las normas, objetividad, imparcialidad, transparencia, por la excelencia y efectividad de su personal en el cumplimiento de la misión.

MISIÓN





Velar por la exacta observancia de las disposiciones constitucionales, legales y reglamentarias, aplicables en forma directa o supletoria, que rigen las obligaciones inherentes a los miembros o no de la Fuerza Armada Nacional en la Jurisdicción Penal Militar, con el propósito de contribuir al logro de la Justicia y la preservación de la disciplina, la obediencia y la subordinación como valores institucionales.